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Diferencia entre revisiones de «Tratado de Alcaçovas»

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Las primeras conversaciones de paz tuvieron lugar entre la reina [[Isabel I de Castilla|Isabel]] y su tía [[Beatriz de Braganza]] en el castillo de [[Alcántara]] entre el 20 y el 22 de marzo de 1479. No hubo acuerdo inmediato y siguió un largo silencio portugués. La principal dificultad se allanó cuando en mayo Juana hizo público su deseo de ingresar en un monasterio.<ref name="ALVAREZ_PALENZUELA">ÁLVAREZ PALENZUELA</ref>
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Las primeras conversaciones de paz tuvieron lugar entre la reina [[Isabel I de Castilla|Isabel]] y su tía Beatriz de Braganza en el castillo de [[Alcántara]] entre el 20 y el 22 de marzo de 1479. No hubo acuerdo inmediato y siguió un largo silencio portugués. La principal dificultad se allanó cuando en mayo Juana hizo público su deseo de ingresar en un monasterio.<ref name="ALVAREZ_PALENZUELA">ÁLVAREZ PALENZUELA</ref>
  
 
Los encargados de negociar el acuerdo definitivo de paz fueron, por el lado de los Reyes Católicos, [[Rodrigo Maldonado]], oidor de la [[Real Audiencia|Audiencia]], y por el lado del rey de Portugal, [[Joao da Silveira]], barón de Alvito. Ambos eran miembros de los consejos de sus reyes respectivos.
 
Los encargados de negociar el acuerdo definitivo de paz fueron, por el lado de los Reyes Católicos, [[Rodrigo Maldonado]], oidor de la [[Real Audiencia|Audiencia]], y por el lado del rey de Portugal, [[Joao da Silveira]], barón de Alvito. Ambos eran miembros de los consejos de sus reyes respectivos.

Revisión del 17:19 1 jun 2023

El Tratado de Alcáçovas (también conocido como Paz de Alcáçovas) fue firmado en la villa portuguesa del mismo nombre (cuyo topónimo tradicional en español es Alcazovas) el 4 de septiembre de 1479 entre los representantes de los Reyes Católicos, Isabel de Castilla y Fernando de Castilla y Aragón, por un lado, y del rey Alfonso V de Portugal y su hijo Juan por el otro. El tratado fue ratificado por el rey de Portugal el 8 de septiembre de 1479 y por los Reyes Católicos en Toledo el 6 de marzo de 1480, por lo que también se le conoce como Tratado de Alcáçovas-Toledo.


Cláusulas principales:

  • Pone fin a las hostilidades tras la Guerra de Sucesión Castellana (1475-1479). Alfonso V renuncia al trono de Castilla y los Reyes Católicos renuncian a cambio al trono portugués.
  • Reconoce a Portugal la exclusividad de la conquista del Reino de Fez.

En paralelo al tratado de Alcáçovas se negociaron las llamadas Tercerías de Moura, que resolvían la cuestión dinástica castellana imponiendo a Juana de Castilla, rival de Isabel por el trono de Castilla, la renuncia a todos sus títulos castellanos. También acordaban la boda de la infanta Isabel, hija de los Reyes Católicos, con el hijo del rey portugués llamado don Alfonso. La enorme dote pagada por los padres de la novia representa la indemnización de guerra obtenida por Portugal.


Antecedentes

Guerra de Sucesión Castellana

 Artículo principal: Guerra de Sucesión Castellana

Al fallecer el rey de Castilla Enrique IV en 1474 existían dos pretendientes al trono: su hija única Juana y su medio hermana Isabel.

Juana tenía el apoyo de una parte importante de la alta nobleza castellana y de su prometido, el rey Alfonso V de Portugal. Isabel contaba con el resto de la nobleza y con el apoyo de la Corona de Aragón, ya que estaba casada con su heredero Fernando.

Las hostilidades estallaron en 1475. La guerra por tierra se desarrolló principalmente en la Meseta Norte castellana, decantándose a favor del bando isabelino a partir de la Batalla de Toro (1476). A partir de entonces el conflicto continuó sobre todo por mar, con flotas castellanas y portuguesas luchando entre ellas y compitiendo por traer riquezas desde las lejanas tierras de Guinea.

La derrota castellana en el mar y la incapacidad portuguesa para ganar la guerra en tierra llevaron a los contendientes a iniciar negociaciones de paz en 1479.

Rivalidad entre Portugal y Castilla en el Atlántico

Reconstrucción actual de una carabela portuguesa.

A lo largo del siglo XV, los exploradores, comerciantes y pescadores de Portugal y de Castilla fueron internándose cada vez más profundamente en el Océano Atlántico. Los reyes de ambos reinos impusieron tasas a las mercancías traídas de ultramar y rápidamente surgieron fricciones sobre a qué soberano correspondían los impuestos provenientes de cada uno de los territorios descubiertos. Una controversia clave fue el control sobre los territorios de Guinea y la Mina, muy ricos en oro y esclavos. Otro punto importante fue a quién le correspondía el derecho a conquistar las Islas Canarias.

Las islas de Lanzarote, Fuerteventura y Hierro fueron conquistadas por caballeros normandos para Castilla entre 1402 y 1405 pero los navegantes portugueses no dejaron de tocar en las islas y capturar esclavos en ellas.[1] En 1431 Juan I de Portugal y Juan II de Castilla firmaron un primer tratado de paz. Sin embargo, la disputa sobre la posesión de las Canarias continuó, siendo presentada en el Concilio de Basilea de 1435.[2] En 1449 el rey portugués Alfonso V llegó a otorgarse el monopolio del comercio de Canarias.[3]

En 1441 llegaron a Lisboa los primeros cargamentos documentados de oro procedentes de Guinea.[2] Inicialmente el Papado tomó una posición neutral entre Portugal y Castilla en cuanto a sus derechos sobre África (bula Rex regum de Eugenio IV, 1443). Pero entre 1452 y 1455 el Papa Nicolás V favoreció los esfuerzos de los portugueses con una serie de bulas, otorgándoles el control exclusivo sobre los territorios desde los cabos Bojador y Nam hasta toda la Guinea y "más allá hasta donde se extiende la playa meridional".[4] Esto llevó a los portugueses a asaltar y apresar barcos castellanos que regresaban de comerciar en Guinea, provocando un enfrentamiento diplomático entre los dos reinos,[5] el cual no llegó a mayores debido a la muerte de Juan II en 1454 y a la situación de debilidad de su sucesor Enrique IV.[6]

En 1456 el siguiente Papa Calixto III confirmó el monopolio de Portugal y además otorgó a la Orden de Cristo portuguesa la autoridad eclesiástica en todas las tierras desde los cabos de Bojador y Nam "hasta los indios".[7] El rey de Portugal adoptó una política comercial abierta, permitiendo a súbditos extranjeros comerciar en las costas africanas a cambio de los correspondientes impuestos. El único perjudicado era así el rey de Castilla.

En agosto de 1475, tras el estallido de la guerra, Isabel reclamó que las partes de Africa et Guinea pertenecían a Castilla por derecho e incitó a sus comerciantes a navegar a ellas sin autorización portuguesa, iniciando la guerra naval en el Atlántico.[8]



Negociación y firma

Las primeras conversaciones de paz tuvieron lugar entre la reina Isabel y su tía Beatriz de Braganza en el castillo de Alcántara entre el 20 y el 22 de marzo de 1479. No hubo acuerdo inmediato y siguió un largo silencio portugués. La principal dificultad se allanó cuando en mayo Juana hizo público su deseo de ingresar en un monasterio.[9]

Los encargados de negociar el acuerdo definitivo de paz fueron, por el lado de los Reyes Católicos, Rodrigo Maldonado, oidor de la Audiencia, y por el lado del rey de Portugal, Joao da Silveira, barón de Alvito. Ambos eran miembros de los consejos de sus reyes respectivos.

El acuerdo final fue firmado por los negociadores en la localidad portuguesa de Alcáçovas el 4 de septiembre de 1479. Cuatro días después fue ratificado por el rey de Portugal y proclamado en ese reino. Isabel lo ratificó en Trujillo el 27 de septiembre pero, como su marido Fernando no estaba con ella ese día, hizo falta un segundo acto de ratificación el 6 de marzo de 1480 en Toledo, siendo pregonado oficialmente el acuerdo el 14 de marzo.

El Papa Sixto IV refrendó el Tratado mediante la bula Aeterni regis de 1481.

Contenido del Tratado

En Alcáçovas se firmaron un total de cuatro acuerdos:[9]

  1. Reparto de las zonas de influencia en el Atlántico. A este acuerdo es al que se suele denominar propiamente Tratado de Alcáçovas.
  2. Destino de la reina / princesa Juana en caso de abandonar el convento, que no tuvo que ser aplicado.
  3. Contrato de matrimonio entre Alfonso, heredero portugués, e Isabel, primogénita de los Reyes Católicos. Estos dos documentos son habitualmente llamados las Tercerías de Moura.
  4. Perdón a los castellanos juanistas.

Declaración de paz

Los monarcas reconocen los perjuicios causados por la guerra, cuya causa principal afirman que fue que los Reyes Católicos "se llamaron reyes de Portugal" y Alfonso V "rey de Castilla". Mencionan la labor de mediación de la infanta Beatriz y acuerdan restablecer la paz entre sus reinos.

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Reparto del Atlántico

En primer lugar, el tratado incluye un recordatorio del tratado firmado en 1431 entre Juan I de Portugal y Juan II de Castilla (paz de Medina del Campo - Almeirim). A continuación reparte los territorios atlánticos entre Portugal y Castilla, quedando la gran mayoría para Portugal, con la excepción de las "islas de Canaria".

Territorios reconocidos a Portugal: [citas tomadas del Pregón del Tratado conservado en el Archivo de Simancas, indicándose con notas las diferencias con otras versiones]

  • Guinea, con sus minas de oro
  • Islas de la Madera, Puerto Santo e Desierto
  • Islas de los Azores
  • Islas de las Flores cabe las Islas de Cabo Verde ["Islas de las Flores, y así las Islas de Cabo Verde" en otras versiones]
  • Todas las islas que ahora están descubiertas e cualesquier otras islas que se hallaren o conquistaren, de las Islas de la Canaria para ayuso contra Guinea ["para baxo contra Guinea" y "pero baixo e adiante contra Guinea" en otras versiones] y en general todo lo que es hallado e se hallare, conquistase o descubriere en los dichos términos, allende de que es hallado ocupado o descubierto, queden a los dichos rey e príncipe de Portugal e a sus reinos, quitando solamente las islas de Canaria

Territorios reconocidos a Castilla y León:

  • Lanzarote, La Palma, Fuerteventura, La Gomera, el Hierro, la Graciosa, la Gran Canaria, Tenerife e todas las otras islas de Canaria ganadas e por ganar

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Reino de Fez

Los Reyes Católicos reconocen a Portugal la exclusividad de la conquista del Reino de Fez.

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El quinto de Guinea

El quinto era un impuesto percibido por la Corona sobre las mercancías traídas por barco a la Península desde los territorios del Atlántico denominados "Guinea" y "Mina de Oro". En el Tratado los Reyes Católicos aceptan que este impuesto sea percibido por Portugal en los puertos castellanos, incluyendo a los barcos que hubiesen zarpado hacia la Mina antes de la firma del mismo.

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Tercerías de Moura

La princesa Juana de Castilla, hija de Enrique IV

En paralelo al tratado de Alcáçovas (pero normalmente consideradas como acuerdos aparte) se negociaron las llamadas Tercerías de Moura, que resolvían la cuestión dinástica castellana:

  • A Juana de Castilla, rival de Isabel por el trono de Castilla, se le imponía renunciar a todos sus títulos castellanos y se le ofrecían dos alternativas: la reclusión en un convento portugués o la boda con el príncipe heredero Juan de Aragón y Castilla, si éste así lo decidía al cumplir los catorce años. La excelente señora, como la llamaban en Portugal, eligió la opción religiosa, tomando el hábito el 15 de noviembre de 1480.[9] Sin embargo, ello no le impidió seguir activa en la vida política hasta su muerte.
  • Concertaban la boda de la infanta Isabel, primogénita de los Reyes Católicos, con el heredero del rey portugués llamado don Alfonso. Ambos niños serían guardados "en régimen de tercerías" en el castillo portugués de los Braganza en Moura. Además, se fijaba una enorme dote para la novia, más de cien mil doblas, que comprendía en realidad una indemnización de guerra pagada por los RR.CC. a Portugal.

La boda de Alfonso e Isabel se celebró en 1490. Al morir Alfonso a los pocos meses, Isabel contrajo matrimonio con el nuevo heredero al trono portugués, Manuel "el Afortunado". Tuvieron un niño, Miguel, que, antes de morir a las dos años, llegó a ser heredero de las tres coronas peninsulares (Portugal, Castilla y Aragón). Tras la muerte de Isabel, fue su hermana María la que se casó con "el Afortunado", dando a luz a una hija, Isabel de Avis, que después casó con Carlos I de España. De esta manera, Felipe II, hijo de Carlos e Isabel, pudo acceder al trono portugués tras la desaparición de su titular Sebastián I.[10]

Aplicación del Tratado

Aplicación inmediata

En abril de 1480, el rey Alfonso V emitió instrucciones para arrojar al mar a los tripulantes de todo barco no portugués que fuese interceptado en lo sucesivo en las aguas asignadas a Portugal en el Tratado.[11]

Los Reyes Católicos hicieron cumplir el Tratado a sus súbditos. Los que consiguieron licencias del rey de Portugal pudieron seguir comerciando en Guinea sin problemas. Pero no todos las consiguieron, por lo que a partir de 1480 se documentan numerosas expediciones ilegales y casos de piratería, a la que se vieron abocados muchos marinos para sobrevivir. En 1489 los Reyes estimaron necesario recordar la prohibición de penetrar en las aguas y tierras de Portugal y de capturar navíos portugueses.[12]

El Tratado y América

Durante los preparativos para el primer viaje de Cristóbal Colón, los Reyes Católicos ordenaron a los habitantes de Palos embarcar en las carabelas de Colón pero con prohibición expresa de ir a la Mina, ni al trato de ella que tiene el Serenísimo Rey de Portugal.[13]

Tras el retorno de Colón, el embajador de Portugal Ruy de Sande llegó a la corte de los Católicos en Barcelona a fines de abril de 1493 para reclamar que las tierras descubiertas por Colón correspondían a Portugal. No se conocen con seguridad los argumentos que utilizó. Según el cronista castellano Jerónimo de Zurita, el embajador adujo que en Alcaçovas se habría establecido tácitamente un paralelo a la altura de las Canarias que se extendería sin fin hacia Occidente y que dividiría todo el mar a lo ancho: al norte la parte castellana y al sur la portuguesa.[14] En todo caso, el rey portugués Juan II parece haber propuesto en 1493 este reparto del Atlántico a sus homólogos castellanos, según afirman los Reyes Católicos: [Juan II] dezía buen medio, para evitar inconvenientes, quel mar Océano se partiese entre Nos [e] él por una línea tomada desde las Canarias contra el Poniente por ramos en línea derecha, e que todos los mares, islas, tierras, desde la dicha línea derecha al Poniente hasta el Norte, sean nuestros, salvando las islas que en aquella parte al presente posee; e que todos los otros mares, islas e tierras restantes que se hallaren desde la dicha línea hacia el Mediodía, sean del dicho Rey, nuestro hermano, salvando las dichas islas de Canaria, que son nuestras.[15]

El historiador Juan Manzano considera falaz el argumento portugués del Paralelo, ya que según él el Tratado de Alcáçovas solo se referiría a lo que él llama "mar de África", es decir, la parte del mar Océano entonces navegada y ocupada por Portugal y Castilla, adyacente al continente africano.[16]

Otro historiador, Manuel Giménez Fernández, opina por el contrario que el Tratado de Alcaçovas en realidad daba a Portugal todo el Atlántico salvo las Canarias, por lo que las islas descubiertas por Colón forzosamente pertenecían a Portugal. Según Giménez, el motivo por el que los Reyes Católicos tardasen tanto tiempo en organizar la expedición de Colón fue por esa inseguridad jurídica, no por motivos náuticos o por ignorancia.[14]

En una interpretación más heterodoxa, Luisa Isabel Álvarez de Toledo opina que el Tratado de Alcaçovas incluye explícitamente territorios americanos: Guinea sería el territorio hoy conocido como las Guayanas mientras que las Islas de Canaria incluirían islas y costas del Mar Caribe. Los Reyes Católicos serían, según ella, bien conscientes de que las tierras que Colón quería descubrir pertenecían por derecho a Portugal y habrían enviado a Colón sólo tras asegurarse de que su aliado Rodrigo Borgia accedía al Papado como Alejandro VI, de tal manera que las justificadas protestas de Portugal pudieran ser contrarrestadas por una nueva Bula papal, favorable esta vez a Castilla.[17]

Sea como fuere, a raíz de las protestas portuguesas se inició un periodo de intensas negociaciones diplomáticas entre las coronas de Portugal y de Castilla. Los Reyes Católicos obtuvieron a lo largo de 1493 una serie de bulas papales, llamadas hoy día Bulas Alejandrinas, que les otorgaban las tierras descubiertas por Colón y venían a establecer un nuevo reparto del Atlántico que dejaba obsoleto al Tratado de Alcaçovas. No obstante, consideraron necesario volver a recordar a Colón, justo antes de partir en su segundo viaje, la prohibición de tocar en la Guinea ni en la Mina<>.[18] El rey de Portugal protestó pero en el Tratado de Tordesillas (1494) terminó aceptando un nuevo reparto, ligeramente más favorable a Portugal que el de las Bulas Alejandrinas.

Referencias

Texto original del Tratado

Existen varias versiones del Tratado, con ligeras diferencias entre sí:

  1. Manuscrito en castellano ratificado por los Reyes Católicos en Toledo el 6 de marzo de 1480. Conservado en los Archivos Nacionales de Lisboa, gav. 17,maço 6, nº 16. Transcrito en DAVENPORT, que incluye el texto original en castellano y una traducción al inglés. La versión en inglés está disponible en la web del proyecto Avalon
  2. Ese mismo texto en castellano fue, según Davenport, copiado por Joseph Soares da Sylva en su Colleccam dos Documentos, com que se Authorizam as Memorias para a Vida del Rey D.Joao o I., tomo IV. de sus Memorias para a Historia de Portugal, que comprehendem o Governo del Rey D. Joao o I. (1730-1734).
  3. Pregón del Tratado en castellano fechado el 14 de marzo de 1480. Conservado en el Archivo General de Simancas, R.G.S. III-1480 302. Transcrito por Luisa Isabel Àlvarez de Toledo.
  4. Pregón del Tratado en portugués, dado en Évora el 8 de septiembre de 1479, mencionado en  HARRISSE, H.

Diplomatic History of America, 1897, :  {{{nombre}}} {{{apellidos}}} Diplomatic History of America, 1897, :, “'

  1. Fragmento del Tratado en castellano, transcrito de una copia parcial realizada en 1565, sacado de una copia simple de letra de este tiempo que existe en el legajo 1° de gobernación general de Indias, en su archivo general. El original lleva fecha de 16 de marzo de 1480.
  2. Versión en latín del artículo relativo al reparto del Atlántico recogida en la bula Aeterni regis de 21 de junio de 1481. (en Wikisource)

Fuentes secundarias

  •  ÁLVAREZ DE TOLEDO, Luisa Isabel

África versus América (2ª ed.), 2006, Sanlúcar de Barrameda: Fundación Casa Medina-Sidonia  {{{nombre}}} {{{apellidos}}} África versus América (2ª ed.), 2006, Sanlúcar de Barrameda: Fundación Casa Medina-Sidonia, sitio web “'

  • Error en la secuencia de órdenes: no existe el módulo «Citas».
  •  BLAKE, John W.

Europeans in West Africa, 1450-1560, 1941, Londres: The Hakluyt Society  {{{nombre}}} {{{apellidos}}} Europeans in West Africa, 1450-1560, 1941, Londres: The Hakluyt Society, ISBN-13 978-1406728897 “'

  •  DAVENPORT, Frances Gardiner

European Treaties Bearing on the History of the United States and Its Dependencies, 1917, Washington: Carnegie Institution  {{{nombre}}} {{{apellidos}}} European Treaties Bearing on the History of the United States and Its Dependencies, 1917, Washington: Carnegie Institution, “'

  1. ÁLVAREZ DE TOLEDO, tomo 1, p.161
  2. 2,0 2,1 DAVENPORT, p.10
  3. ÁLVAREZ DE TOLEDO, tomo 1, p.162
  4. a capitibus de Bojador et de Nam usque per totam Guineam et ultra versus illam meridionalem plagam, bula Romanus Pontifex de 8 de enero de 1455. Transcrita en DAVENPORT
  5. Carta de Juan II de Castilla a Alfonso V de Portugal, fechada el 10 de abril de 1454. Recogida por Bartolomé de las Casas en su Historia de las Indias (1561).
  6. BLAKE, p.190
  7. a capitibus de Bojador et de Nam usque per totam Guineam et ultra illam meridionalem plagam usque ad Indos, bula Inter caetera de 13 de marzo de 1456. Transcrita en DAVENPORT
  8. Provisión de la reina Isabel fechada el 19 de agosto de 1475. Transcrita en ÁLVAREZ DE TOLEDO.
  9. 9,0 9,1 9,2 ÁLVAREZ PALENZUELA
  10. SANZ HERMIDA
  11. Orden de Alfonso V fechada en Viana a 6 de abril de 1480. Transcrita en inglés en BLAKE
  12. ÁLVAREZ DE TOLEDO, tomo 1, p.283
  13. Provisión de 30 de abril de 1492, conservada en el Archivo de Simancas (R.G.S. IV-1492-19)
  14. 14,0 14,1 ROJAS DONAT
  15. Instrucciones de los RR.CC. a sus embajadores en Portugal el 3 de noviembre de 1493. Transcrita en MANZANO MANZANO, p.34
  16. MANZANO MANZANO
  17. ÁLVAREZ DE TOLEDO, tomo 2, p.37
  18. transcrito en  FERNÁNDEZ DE NAVARRETE, Martín Colección de los Viajes..., 1825, Madrid  {{{nombre}}} {{{apellidos}}} Colección de los Viajes..., 1825, Madrid, “'