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Capitanía marítima

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En España, las capitanías marítimas son órganos periféricos de la administración marítima, dependientes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Esta estructura organizativa supone la desvinculación de la Administración Marítima respecto de la administración militar, atribuyendo al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, el ejercicio de las competencias en materia de ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil, excepción hecha de la pesquera.

Para el ejercicio y cumplimiento de sus funciones la Dirección General de la Marina Mercante cuenta, en cada uno de los puertos donde se desarrolla un determinado nivel de navegación o donde lo requiere las condiciones de seguridad marítima, con una capitanía marítima.

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