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Nacionalismo canario

De EnciclopediaGuanche

Pongo el texto que se encontraba en "periodos de autogobierno":


La colonización de las islas, como todo territorio recién conquistado, supuso el establecimiento de modo, en principio


La carta establecía también los derechos y deberes de los canarios, organizados en lo que se llamó el "fuero de Canarias" y algunos de sus puntos destacables eran:

  • El reparto de tierras y otros medios de producción entre los canarios.
  • Mantenimiento de los "títulos nobiliarios" entre los canarios.
  • Existencia de una fiscalidad diferenciada.
  • Existencia de milicias canarias.
  • El derecho de placet con respecto a las leyes estatales.
  • La acuñación de oneda propia hasta 1776.
  • La posibilidad de comerciar independientes del monopolio comercial español, incluso con Inglaterra, principal adversario de España en la época, contando con delegados comerciales ajenos al propio monopolio español.
  • Mantenimiento de roles socialmente relevantes por parte de las mujeres canarias en temas sociales (como fue el caso de Inés Chemida) o en temas legales (como fue el caso de María de Güímar) o en temas de sucesión.
  • Mantenimiento de normas civiles magas como el derecho de separación de las mujeres.
  • Reclamación de los derechos por parte de los canarios ante los tribunales.
  • Cobro de deudas de los canarios a los colonos como se puede ver en la herencia de Fernando Tacoronte.

En principio sólo formaba parte del pacto la isla de Gran Canaria, pero las otras islas lo fueron aceptando según crecía el descontento con el régimen señorial establecido inmediatamente tras la conquista.

El Fuero de Canarias, basado en la carta y en posteriores tratados de integración, creaba unos organismos, a distintos niveles, tales como los Cabildos insulares, la Audiencia de Canarias o el Obispado, para hacer efectivo el fuero antes mencionado.

La Carta fue pasada por alto por las autoridades centrales en no pocas ocasiones, lo que conllevó algunos levantamientos y actos de rebeldía:

  • Levantamiento de Ichasagua en 1502.
  • Mantenimiento de poblados y asentamientos tradicionales canarios en contra de las pretensiones de los colonos.
  • El asalto del Cabildo de Tenerife y la quema del censo fiscal de Fernández de Lugo.
  • Levantamiento de Agüimes para evitar el robo de las tierras en explotación por y para los canarios por parte de colonos españoles.
  • El ajusticiamiento del Intendente Ceballos en 1720, en Santa Cruz de Tenerife.
  • Levantamiento en la Aldea en 1770 por las roturaciones de tierras.
  • Levantamientos en 1778 por la explotación de las tierra en Arico, Chasna y La Aldea.

El vacío legal y administrativo permitió, sin embargo, la esclavitud hasta bien entrado el siglo XVI. Otro de los puntos negativos del pacto era el "impuesto de sangre" que obligaba a algunos canarios a repoblar las tierras conquistadas en América, lo cual a la larga crearía un vínculo con Sudamérica y que llevaría a la participación de canarios y descendientes de canarios en las guerras de independencia de esos territorios, sobretodo en Cuba. Dicho impuesto de sangre existió como contrapartida a la excepción Canaria al monopolio de la Casa de la Contratación. En el marco de la política mercantilista de la Corona, todo el comercio de Europa con las colonias americanas estaba monopolizado por la Casa de la Contratación y sujeto a un estricto control, a excepción de Canarias que podía comerciar libremente con América; ello convirtió al archipiélago en un enclave fundamental del comercio internacional, y supuso además que la vinculación económica de Canarias con Inglaterra fuese más fuerte que con el resto de los territorios de la Corona. La excepcionalidad canaria, obviamente, contó con la oposición de la Casa de la Contratación, pero la burguesía y los sectores económicamente acomodados surgidos al calor del comercio supieron jugar con la apetencia de otras potencias por un territorio con una posición geoestratégica como Canarias, y el temor de la Corona a perder Canarias a manos de una potencia extranjera.

Las garantías de autogobierno se fueron difuminando a lo largo del siglo XVIII y ya en el siglo XIX la burguesía de Gran Canaria y Tenerife se decantan mayoritariamente por participar de la política española en vías de democratización.