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Diferencia entre revisiones de «Población de hecho»

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== Población vinculada - Límites del concepto de población de hecho - Censo de España 2001 ==
 
== Población vinculada - Límites del concepto de población de hecho - Censo de España 2001 ==
El concepto de población de hecho tiene limitaciones que, en el censo español de 2001 se corrigieron introduciendo el concepto de [[población vinculada]].<ref>[http://www.ugr.es/~cuadgeo/docs/articulos/036/036-005.pdf Julio Vinuesa Angulo, ''De la población de hecho a la población vinculada, 2005. Cuadernos Geográficos de la Universidad de Granada, (36) 79-90.]</ref><ref>[http://www.ine.es/inebmenu/mnu_cifraspob.htm INEbase / Demografía y población / Cifras de población y Censos demográficos, Censos de población y viviendas, INE, España, 2011 y anteriores]</ref>
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El concepto de población de hecho tiene limitaciones que, en el censo español de 2001 se corrigieron introduciendo el concepto de población vinculada.<ref>[http://www.ugr.es/~cuadgeo/docs/articulos/036/036-005.pdf Julio Vinuesa Angulo, ''De la población de hecho a la población vinculada, 2005. Cuadernos Geográficos de la Universidad de Granada, (36) 79-90.]</ref><ref>[http://www.ine.es/inebmenu/mnu_cifraspob.htm INEbase / Demografía y población / Cifras de población y Censos demográficos, Censos de población y viviendas, INE, España, 2011 y anteriores]</ref>
  
 
== Véase también ==
 
== Véase también ==

Revisión actual del 14:01 11 abr 2022

La población de hecho (o de facto) es, para un determinado momento (generalmente un año censal), la población compuesta por presentes y transeúntes. Suele ser el denominador en los principales algoritmos para calcular tasas.[1]

Distinción entre población de hecho y población de derecho

Se trata de una distinción de carácter jurídico-administrativo. Es habitual que ambas poblaciones -hecho y derecho- no coincidan en número.[1]

Población de hecho

Se habla de población de hecho cuando se atiende a la ubicación real de una persona -normalmente cuando se hace un recuento población como el censo-, independientemente de si está empadronada o no en el lugar en que se encuentra.[1]

Dentro de la población de hecho, se establece diferencia entre los residentes y los transeúntes, que son aquellos que aparecen en el recuento pero que en realidad son población de derecho en otras localidades. A los transeúntes también se les suele llamar población de paso.

Población de derecho

La población de derecho es la empadronada en un lugar, población residente, y determina, entre otros aspectos, el lugar donde puede ejerce derechos civiles, como el voto.[1]

Dentro de la población de derecho se establece la diferencia entre la población presente y la población ausente.

Población vinculada - Límites del concepto de población de hecho - Censo de España 2001

El concepto de población de hecho tiene limitaciones que, en el censo español de 2001 se corrigieron introduciendo el concepto de población vinculada.[2][3]

Véase también


Referencias

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